Cuando inviertes en un depósito a plazos, uno de los productos financieros más populares en España, ¿qué pasa si el banco quiebra? ¿Te quedas sin el dinero ahorrado? No. En caso de que esto sucediera, no perderías ese capital. Lo recuperarías a través del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), aunque este mecanismo solo garantiza los depósitos de hasta 100.000 euros por titular (no por cuenta) y entidad. Es decir, que si en el fondo tienes 130.000 euros, solo recuperarías 100.000. Para que no se pierda nada, lo mejor tener cuentas en distintas entidades bancarias.
El dinero del FGD proviene de los bancos españoles, todos los que estén inscritos en el Registro de Bancos y Banqueros y, además, tengan acceso a la financiación del Banco de España. Para ellos es una obligación realizar estas aportaciones con las que garantizan que los ahorros están seguros dentro del límite establecido. Todas las entidades de crédito españolas pertenecerán con carácter obligatorio al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
“La financiación de los Fondos de Garantía de depósitos procede de las aportaciones anuales que deben hacer las entidades adheridas. En caso de necesidad, las entidades deberán realizar derramas (es decir, contribuciones extraordinarias). Excepcionalmente, un fondo puede nutrirse de aportaciones extraordinarias del Banco de España, cuya cuantía se fijará por ley”, explica en su web el Banco de España.
El FGD no cubre los fondos invertidos en la Bolsa, ni en fondos de inversión, ni planes de pensiones, ni pagarés, bonos y obligaciones, ni seguros de ahorro. ¿Y qué sucede con el dinero que has invertido en un plan de pensiones? ¿Se puede recuperar en el caso de que quiebre la entidad gestora? Sí, el dinero está a salvo porque esta tiene la obligación de separar de su balance el patrimonio del fondo. Si se trata de un plan de previsión asegurado, que pertenece a la modalidad de un seguro, los fondos se recuperarían a través del Consorcio de Compensación de Seguros.
Foto: Antonio Rodríguez