En 2014, la directiva 2014/65/EU MiFID (Markets in Financial Instruments Directive) introdujo una nueva legislación para el mercado único y un régimen regulatorio común para los servicios financieros de los 28 estados miembros de la Unión Europea. La aplicación de este nuevo marco regulatorio en Europa para los mercados de instrumentos financieros entró en vigor en enero de 2018. MiFID II va más allá en la regulación europea de los mercados de valores para que el asesoramiento en productos financieros y su comercialización sea más transparente para los inversores profesionales y, sobre todo, para el consumidor; esto es, para el inversionista minorista.
Entre otras medidas, MiFID II refuerza la comunicación de entidades y cliente con la obligación de grabar la conversación cuando se realiza por teléfono. De esta manera, se quiere evitar fraudes y malas prácticas. Esta interacción debe quedar registrada durante cinco años, tiempo en el que un juez puede solicitarlos si fuera necesario.
Otro punto importante que establece esta directiva es la obligación de las entidades que vendan productos de inversión a informar a los clientes detalladamente de los gastos que acarrean las operaciones y cuánto dinero se llevan por ellas. Todo debe quedar muy claro.
Esta nueva legislación exige la cualificación de los asesores financieros, quienes deben acreditar una formación que les certifique como expertos en productos de inversión. Asimismo, introduce una nueva clasificación de clientes por su perfil de inversión. A través de cuestionarios, el asesor conoce el objetivo de inversión, el horizonte temporal y la actitud frente al riesgo.
Las empresas de asesoramiento financiero y de gestión de carteras de inversión deben informar a los clientes si son asesores dependientes o independientes. Los que pertenecen a este último grupo, MiFID II prohíbe que cobren lo que se conoce como retrocesiones (dinero que los emisores de productos financieros pueden ofrecer al asesor por recomendar sus instrumentos). Otro pasito más hacia la independencia y, sobre todo, la transparencia, que es el fin primordial de esta directiva.
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