Los diferentes gobiernos tienen poco tiempo para adaptar sus leyes y la normativa de tráfico a la llegada del coche autónomo. En apenas unos años, estos vehículos sin conductor saldrán por primera vez a las calles y carreteras para compartir el tráfico con los conductores humanos, y para entonces las leyes y la normativa deben estar a la altura.
Hasta que llegue ese momento, los coches de pruebas de las diferentes compañías podrán circular por las calles, siempre que cumplan con los permisos y excepciones dispuestos en cada país (algunos no permitirían ni siquiera soltar las manos del volante), y las diferentes instituciones deben trabajar codo con codo para tener la normativa a punto. Esto es lo que le queda por hacer a la DGT en España.
Nuestro país tiene una ventaja con respecto a otros que implica que tendrá más facilidades a la hora de regular la presencia de los coches autónomos en nuestras vías, y es el no haber firmado la Convención de Viena sobre Circulación por Carretera, que estipula en uno de sus artículos (el 8.1, en concreto): «Todo vehículo en movimiento o todo conjunto de vehículos en movimiento deberá tener un conductor«.
Al no firmar ese acuerdo, es más simple regular al coche autónomo porque no es necesario enmendar un documento firmado por tantos países. Aun así no será nada sencillo, y eso a pesar de que ya se han permitido (y llevado a cabo) pruebas en suelo español desde 2015.
El esfuerzo de la DGT está muy claro: establecer las definiciones clave, los requisitos y niveles de automatización de los vehículos para poder tener soporte jurídico. Sin todas esas definiciones y observaciones, sin toda la «literatura» previa necesaria, crear las leyes y modificar las normas sería inabarcable. Por supuesto, la flexibilidad en esta nueva normativa tiene que ser total.
Otros puntos de enorme interés y trascendencia que hay que regular y establecer se refieren al seguro obligatorio y a la ley de seguridad vial. En el caso del seguro, no será el conductor sino «la conducción», o los elementos y sistemas que hacen posible esa conducción, quien recibirá cobertura. Es complejo en su definición y en su ejecución.
Estas leyes tendrán que pasar por aprobación parlamentaria, por lo que el proceso será lento. El objetivo es que como pronto en 2018 exista una normativa capaz de cubrir todos los aspectos legales asociados a la conducción autónoma, y dar una cobertura jurídica adecuada a los pasajeros de estos vehículos, y a los compradores.
Todavía queda camino por recorrer, porque por ejemplo los EE.UU. ya han definido leyes concretas y políticas precisas, muchas veces diferentes al cambiar de estado, pero en España se han dado ya los primeros pasos hacia la nueva legislación. Es pronto para saber si todo estará listo antes de 2020, pero habrá que mirar al futuro con optimismo.
Vía | Teknautas
Una respuesta a ¿Cómo hay que regular al coche autónomo? Así lo hará la DGT